Mercado eléctrico: la cuarta
José Antonio Rojas Nieto
El haber involucrado a la electricidad en la reforma energética
representó un gran riesgo que el gobierno debió evaluar. Vio la oportunidad de
lograr la mayoría calificada en el Congreso y la aprovechó. E improvisó. En
realidad nadie sabía qué debía aprobarse. Acaso por eso el desaseo con el que
se hicieron los cambios al 25, 27 y 28 constitucionales. Nunca olvidemos –para
un juicio adecuado– que entre las 10 de la noche del lunes 9 de diciembre y las
3 de la mañana del martes 10, se modificó el dictamen de las comisiones de
puntos constitucionales, asuntos legislativos y energía. Y fueron aprobadas.
Así, de ser una de las naciones más
cerradas al capital privado, nos convertimos –abruptamente– en una de las más
abiertas, en petróleo y en electricidad. ¿Por qué? Porque además de todo lo que
ya podían hacer los privados, ahora, en las áreas reservadas al Estado, se
pueden celebrar contratos con los particulares en los términos que establezcan
las leyes. Eso dice el párrafo sexto del nuevo 27 constitucional, de las
reformas aprobadas el 10 de diciembre en el Senado. Y publicadas el 20 de
diciembre, luego de la aprobación de la Cámara de Diputados y de las
legislaturas estatales. ¡Difícilmente, en el mundo, se puede lograr algo así!
¿O sí? ¿Pero por qué hablar de improvisación? En lo eléctrico, al menos por una
simple razón.
A diferencia del anterior intento de
desterrar el concepto de servicio público de electricidad y sustituirlo por el
de mercancía con cobertura universal(derecho a un servicio universal dicen
hoy la Iniciativa Energía Sostenible para Todos de las Naciones Unidas y la
Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo sobre normas comunes para el
mercado interior de la electricidad) e introducir la competencia –famoso Libro
Blanco de 1999–, el gobierno actual no se preparó bien. De otra manera no se
explica el retraso en la presentación de la ley secundaria. Más aún si
consideramos que, en electricidad, el sector privado ya tiene una injerencia
importante.
Hoy operan casi 500 unidades
generadoras privadas. Atienden parte del servicio público de electricidad, con
contrato de largo plazo de adquisición de su producción. Sí. Los famosos
Productores Independientes de la fracción II del artículo tercero de la todavía
vigente Ley del Servicio Público de Electricidad, representan una capacidad de
12 mil megavatios (MW), de un total del servicio público cercano a 54 mil MW,
poco más del 20 por ciento de ese total. Y con ella aportan un tercio del
fluido eléctrico distribuido por el servicio público que, a su vez, representa
87 por ciento del consumo final de electricidad. El 13 restante proviene de
formas complementarias al servicio público: 1) sociedades de autoabastecimiento
remoto, que utilizan la red eléctrica pública para enviar su producción a
sus socios; 2) autoabastecimiento local, tradicionalmente identificado
como usos propios continuos y servicios de respaldo o de emergencia; 3) pequeña
producción, que entrega su fluido a la red para ser distribuida como parte del
servicio público.
Los nuevos artículos constitucionales y
los innumerables transitorios apenas dan una somera idea de la
nuevaarquitectura eléctrica institucional. Tan somera, por cierto, que ni el
mismísimo presidente de la Comisión de Energía del Senado la entendió bien, según
lo muestra en una presentación gráfica reciente. Pero en su descargo hay que
reconocer que no es fácil imaginar la nueva arquitectura institucional que se
desprende de los textos constitucionales. Y, más todavía, de los 21 –sí, veinte
y uno– transitorios, justo por la complejidad del asunto eléctrico.
Por eso el análisis de experiencias de
diseño e implantación de mercados eléctricos en otros países es fundamental. En
Chile, por ejemplo, primer país en América Latina en introducir la competencia
en electricidad, se vive una crisis de combustibles y de elevación de precios
del suministro desde finales de 2006. Y en España –para insistir una vez más en
el análisis de esta experiencia de 16 años con cambios continuos y un terrible
déficit financiero acumulado– no se acaba el asunto de la competencia. Incluso
en la pionera del Reino Unido se abrió un proceso de restructuración y
reorganización de largo aliento, orientado a garantizar tanto su seguridad
energética como su descarbonización.
Es obligado el análisis de éstas y
otras experiencias. Y eso sin hablar del caso de Estados Unidos en el que hay
27 estados que no han aceptado la reorganización eléctrica, 16 que la han
suspendido y sólo siete en los que se encuentra vigente en sus dos aspectos,
desregulación y selección de suministrador. Todo para decir algo trivial: se
requiere mucha astucia y mucha prudencia para diseñar e implantar la nueva
organización eléctrica en México. Y en el nuevo marco constitucional. Y –acaso
también– tiempo. Mucho tiempo. Les juro que, en este caso, los atajos son
engañosos.
Además, no debe sorprendernos el nivel
de generalidad que pudiera aparecer en las leyes secundarias que –sin duda–
exigirá reglamentos más precisos y concretos. Nadie –créanme– ha pensado bien
lo de México. Nadie. No ha habido tiempo. Lo de España es aleccionador en este
sentido.
Por cierto, a quienes me han preguntado
por qué aseguro que hay compañías extranjeras que ya levantan sus estandartes
de triunfo frente a la reforma energética en el sector eléctrico, sólo les
sugiero leer una nota de hace cinco días en El País, en el que se
asegura que Iberdrola de España se consolida como la primera compañía privada
del sector eléctrico de México, al disponer de alrededor de 770 empleados
en México, donde obtuvo en 2012 unos ingresos de mil 174.1 millones de euros,
un beneficio bruto de explotación (Ebitda) de 380.1 millones y un beneficio
neto de 185. Con eso –dicen– México le aporta a este grupo español el 8 por
ciento de los beneficios de la empresa. ¿Cómo se explica esto si en el dictamen
del Senado se afirma que la empresa estatal eléctrica mexicana pierde mucho
dinero? ¿Cómo? Tomado de La Jornada. 16 de febrero de 2014.
antoniorn@economia.unam.mx