Mercados eléctricos: la tercera
José Antonio Rojas Nieto
¿Cómo funciona un mercado eléctrico? La respuesta simplista es así,
simplista: bajo el régimen de libre competencia. Pero hay que regular algunas
de las actividades para que haya libre competencia. ¿Cuáles? Regular la
operación del mercado de producción, regular la operación global del sistema
eléctrico, regular la transmisión de electricidad y regular la distribución de
electricidad. Ah…y cuidar una y otra vez, sí, una y otra vez, que los ingresos
permitan recuperar costos. Pero no sólo. También deben permitir la expansión
del sistema eléctrico. Ah…Y también con máximo abatimiento y mitigación de
gases de efecto invernadero…Ah…Pero con máxima participación de fuentes
renovables y limpias de energía. Ah…Y todo esto al mínimo costo y de la manera
más eficiente, tanto en la producción como en el consumo. Y, para sólo decir
una más de sus exigencias, permitiendo acceso a toda la población. Toda,
incluida la de bajos y muy bajos recursos. Menudo reto.
¡Nunca lo olvidemos! Bueno, pero para
ilustrar otras de sus características, permítaseme comentar hoy, cuántas,
cuáles y de qué categoría son las denominadas infracciones a su libre
operación. Sí, las infracciones que impiden que opere según el esquema
ideológico de la libre competencia. Tomemos lo señalado en el capítulo II de la
nueva Ley del Sector Eléctrico en España, la del pasado 26 de diciembre del
2013.
Sorprende la enorme cantidad de faltas
en las que pueden incurrir los ocho sujetos básicos que desarrollan las
diversas actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. Sí, los
productores de energía eléctrica (1), el operador del mercado (2), el operador
del sistema (3), el transportista de energía eléctrica (4), los distribuidores
(5), los comercializadores (6), los consumidores (7) y, finalmente, los gestores
de carga del sistema (8), pueden cometer tres tipos de infracciones: muy
graves, graves y leves.
Trátese –subraya la ley– de acciones u
omisiones, las infracciones muy graves son –ni más ni menos– cuarenta y seis
(46); las graves treinta y seis (36); las leves sólo siete (7). Así, en el
controversial mercado eléctrico de España –en realidad en todos los mercados
eléctricos del mundo– se pueden cometer –de nuevo, por acción o por omisión–
cerca de cien infracciones. ¿Qué es muy grave? ¿Qué es grave? ¿Qué es leve? Hay
una larga enumeración. Veamos hoy algo de lo muy grave. Es muy grave, por
ejemplo, realizar actividades incompatibles con la propia función (recordemos
que son ocho sujetos con ocho funciones diferentes), infringiendo los
requisitos de separación jurídica, funcional y de gestión. También no cumplir
con las reglas de contabilidad (separada y compartimentalizada).
Sin duda, la aplicación irregular de
precios, cargos, tarifas o peajes regulados (transmisión y distribución de
electricidad), de manera que se produzcan alteraciones significativas de
precios. Otra más, no respetar limitaciones o restricciones establecidas por
las normas, respecto a las funciones encomendadas y las tareas asignadas. O el
incumplimiento de resoluciones jurídicas, la resistencia u obstrucción a
inspectores, así como las faltas que pongan en riesgo la seguridad de las
instalaciones en particular, o del sistema eléctrico en general. Sin duda es
muy grave la interrupción o suspensión del suministro, sin justificación. Y, en
general –para sólo citar de manera general otras– cualquier obstrucción a dicho
suministro que altere las condiciones de la oferta de electricidad, y altere
los precios del mercado. No está prohibido, por cierto, ser operador dominante.
Lo grave es que un operador declarado
dominante no acate las restricciones impuestas por la normatividad. En julio
pasado, la Comisión Nacional de Energía, de nuevo dio a conocer los operadores
dominantes en España. En electricidad, como desde hace varios años, las compañías
Endesa, Iberdrola, Unión Fenosa e Hidrocantábrico, fueron declaradas como
operadoras dominantes. Un operador dominante tiene una cuota de mercado
superior al 10 por ciento.
Dicen los reales decretos que se da
este calificativo para reducir los riesgos de que los principales agentes
presentes en el mercado ejerzan poder de mercado. Incluidos los que concentran
derivados, es decir, papel financiero eléctrico. Por el lado de la oferta
afectando artificialmente la producción. Y por el lado de la demanda incidiendo
nocivamente en el suministro.
Hay también operadores principales.
Tienen las cinco mayores cuotas del mercado. En ambos casos se puede someter al
operador a ciertas condiciones con el fin de favorecer la competencia en el
mercado eléctrico. En este contexto, lo muy grave en el mercado eléctrico
español es alterar la actuación libre de las fuerzas del mercado que,
ante todo y sobre todo, deben manifestarse en el mercado mayorista, al que
concurren los generadores eléctricos y los comercializadores, los consumidores
directos (adquieren energía directamente en el mercado de producción). También
los gestores de carga del sistema, sociedades mercantiles que, siendo
consumidores, están habilitados para la reventa de energía eléctrica para
servicios de recarga eléctrica.
Una lectura serena de la legislación
eléctrica española y de las resoluciones del regulador –la Comisión Nacional de
Energía– y algunas intervenciones directas del gobierno como la de diciembre
pasado para frenar eltarifazo, muestra que la enorme casuística de infracciones
–no he mencionado graves y leves– se orienta a controlar a los operadores
dominantes. ¡Menuda tarea! En todo el mundo. Puede ser una simplificación. Si
lo pensamos bien, no lo es tanto. En la España de las reformas eléctricas
prácticamente permanentes, se ha intentado una y otra vez, controlar a los
dominantes. ¿Cuáles serán el diseño y la instrumentación del mercado eléctrico
en México? ¿Quién o quiénes serán capaces de que esta aventura de reforma
energética, que de la noche a la mañana convirtió a México en el más abierto y
expuesto del mundo, no eche a la basura grandes méritos de un sistema eléctrico
mexicano que tiene muchos –de veras– aspectos virtuosos? Lo iremos viendo. Lo
cierto es que la experiencia de España nos formula muchas advertencias. Y las
de Alemania, Chile, Inglaterra y muchas más. Ah…Por favor no olvidemos que en
México ya están algunos de esos operadores dominantes de España. Y ya tiran su
cuarto a bastos…De veras. Periódico La Jornada. 3 de febrero de 2014
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