Mientras no sea vinculante, la
consulta sólo legitima el despojo contra indígenas: expertos
En el conflicto por el agua de los yaquis, se les
debe hacer partícipes del negocio, no expropiarles
Rosa Rojas
Periódico
La Jornada
Domingo 5 de enero de 2014, p. 15
Domingo 5 de enero de 2014, p. 15
Como ejercicio
de simulación que aumentará la conflictividad social, calificaron expertos
en cuestiones indígenas, como Magdalena Gómez, José del Val y Francisco López
Bárcenas, la práctica oficial de la consulta previa, libre e informada –pero no
vinculante– a los pueblos indígenas cuando sus derechos pudieran ser afectados
por medidas administrativas o legislativas.
Coincidieron
en que para cumplir el Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT) –que es ley en el país– urge que se reconozca en la Constitución
a los indígenas como sujetos de derecho público y que se ordene que dicha
consulta sea vinculante, incluso si éstos se niegan a la ejecución de algún
proyecto en su territorio.
Entrevistados
en relación con la consulta a la tribu yaqui de Sonora, ordenada por la Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto a la construcción y operación
del Acueducto Independencia, que podría afectar los derechos que los
yaquis tienen sobre 50 por ciento del agua de la presa La Angostura, Gómez
planteó que los pueblos indígenas utilizan la consulta para, en el fondo,
defender su derecho al territorio.
Cuando
ésta no se cumple, dijo, se está violando el debido proceso. Subrayó que la
versión de la consulta incluida en la Ley General de Equilibrio Ecológico
es absolutamente violatoriade su derecho a utilizar ese instrumento.
Después sólo quedan las instancias internacionales, y cuando se cierran los cauces
legales, los pueblos recurren a medidas de hecho, apuntó.
Del Val,
director general del Programa Universitario México Nación Multicultural de la
UNAM, aseveró que la consulta actualmente es una forma delegitimar el despojo.
En el caso de los yaquis además es simulación, porque cuando la SCJN
ordenó que se realizara debió parar la obra del acueducto, pero las propias
autoridades estatales declararon que no lo harían; la Corte lo derivó a otro
orden jurídico, y mientras, millones de metros cúbicos de agua ya se están
yendo. Es una trampa lo del agua para Hermosillo... se trata de garantizar agua
barata... a las 270 tomas que hay en el Acueducto Independencia que van para
los grandes empresarios y ganaderos de la región, afirmó.
Propuso
que los pueblos indígenas exijan ser socios de los proyectos que les consultan
y participación en las utilidades del negocio, no una expropiación; es decir,
que el desarrollo no se haga sobre el despojo neocolonial.
Se le
planteó que en el caso de la Sierra Norte de Puebla se han otorgado 70
concesiones mineras, muchas de ellas para explotación a cielo abierto, y la
gente se niega rotundamente a aceptarlos porque van a arrasar con sus tierras,
bosques, ríos y manantiales. Del Val señaló que, para empezar, México, como
Canadá, debe prohibir definitivamente la minería a tajo abierto. Dejan los
freáticos acidificados y el gobierno no asume responsabilidad sobre la
destrucción de la naturaleza y las implicaciones que va a tener lo que nos
dejan.
Subrayó
que es necesario aceptar elno de las comunidades indígenas, “porque además
debemos acabar con el mito del desarrollo, con el que han hecho que la gente
abandone su tierra, sus capacidades productivas, esperando lo que el Estado les
va a dar. Bueno, hay que decir: ‘se trata del buen vivir y esto es otra cosa’.
Yo les pregunto (en Totonicapan, Veracruz): ¿para qué quieren estar todos
sembrando vainilla si se les va tronar el precio al rato, o el café; empiecen a
sembrar como siempre hacían aquí: maíz, frijol, chile, calabaza; tengan sus
gallinitas y van a vivir bien. No esperen que el Estado les dé un proyecto que
no les va a dar... ”. Además, hay mucho acaparamiento de tierra, indicó.
Asimismo,
enfatizó que como los pueblos no están reconocidos como sujetos de derecho
público, todo es muy frágil, van a acabar expropiándolos; el Estado
mexicano los despoja de una propiedad que podría tener un valor permanente.
Entonces, propone, que de la consulta salga que los yaquis quieren ser socios
del acueducto, de todos los negocios que se generen del agua que es suya, que
se establezca dónde va a estar el conteo para saber cuánto les toca de cada
litro que se va, y no aceptar la expropiación.
Preguntar,
obligación del Estado
Del Val
propone crear una procuraduría de derechos indígenas que vea lo relativo a la
cultura, lengua y otras cosas, con una subprocuraduría de territorios
indígenas, un modelo parecido a lo que existe en Estados Unidos. Estimó
que lo que hay en la Constitución es suficiente para que un procurador
pueda operar, aunque habría que reglamentar algunas cosas.
Sobre lo
que debe incluir la ley sobre consulta, López Bárcenas planteó que debe definir
el derecho de los pueblos indígenas a expresar su opinión y la obligación del
Estado de preguntar a los que van a ser afectados por el acto a realizar. Debe
definirse que la autoridad responsable del acto debe hacer la consulta, como en
el caso de los yaquis, apuntó.
“El
Convenio 169 dice que la consulta se realiza para que haya consentimiento o
acuerdos. En todos los casos debe ser vinculante, enfatizó, y detalló que puede
haber muchas variantes: que el pueblo dé su consentimiento al proyecto; que dé
un sí condicionado a que se modifique, o querer ser socio del mismo o que haya
un acuerdo parcial. Por ejemplo, que los yaquis digan: ‘el acueducto es muy
grande’ y sólo permitan una parte, o que digan de plano ‘no quiero’”.
Además
–precisó–, “se debe tomar en cuenta que la consulta es un procedimiento, como
en el caso de los yaquis: como no hay ley ni reglamento, tienen que pactarse
reglas, desde cómo se va a dar información, en qué lengua, impresa o en
audio... que si no se entiende la información porque es muy técnica, los
pueblos puedan contratar –a cargo de la autoridad responsable– asesores a
quienes les tengan confianza”.
Asimismo,
se tienen que ver los tiempos: en el caso de los yaquis son ocho grupos, si los
van a consultar al mismo tiempo o uno por uno, en qué tiempo ellos acostumbran
hacer sus reuniones, y que el acto mismo de consultar sería lo último para ver
si están de acuerdo.
Finalmente,
¿qué hacer con el resultado? López Bárcenas mencionó que en la Ley de
Planeación se consigna que el gobierno puede realizar contratos de derecho
público con los particulares en el proceso de desarrollo y el resultado de la
consulta debe constar en un acta de derecho público, es decir, que no hay que
llevarla a un tribunal para que sea válida. Consideró que eso da certeza a las
partes sobre el resultado.
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